Que son las PASO

¿Qué son las Elecciones Primarias - PASO?

Las elecciones primarias son un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y alianzas para competir por tales cargos.

Tienen lugar el segundo domingo del mes de agosto de los años impares.

Es decir, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones nacionales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.

Las Elecciones Primarias son:
OBLIGATORIAS ABIERTAS SIMULTÁNEAS
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Para más información, se recomienda: Video Elecciones Primarias , Infografía ¿Qué son las Primarias? e Historieta “Votar es elegir y elegir es gobernar. Guía para el votante”


2. Qué se vota en las elecciones primarias?

En las elecciones primarias, los ciudadanos votan listas de precandidatos para los siguientes cargos electivos nacionales:

Cargos Electivos Nacionales,

Cada cuatro años, Presidente y Vicepresidente de la Nación, en todo el país.
Cada dos años, 127 ó 130 Diputados Nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cada dos años, 24 Senadores Nacionales, en ocho distritos.

3. ¿Quiénes votan en las elecciones primarias?

Todos los argentinos que tengan 16 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho a votar en las Elecciones Primarias.

Esto significa que quienes tengan 15 años y cumplan los 16 hasta el mismo cuarto domingo de octubre del año en que se celebren Elecciones Nacionales, también serán incluidos en el padrón y estarán habilitados a votar en las Primarias.

Se aconseja verificar la inclusión en los padrones provisorios desde su publicación en el sitio www.padron.gob.ar. Los electores que por cualquier causa no figurasen en los padrones provisionales, o estuviesen anotados erróneamente, tendrán derecho a reclamar ante el juez electoral durante un plazo de quince (15) días corridos a partir de la publicación de aquéllos, personalmente, por vía postal en forma gratuita, o vía web. En estos últimos casos, la Cámara Nacional Electoral deberá disponer los mecanismos necesarios para verificar la información objeto del reclamo.

4. Las elecciones primarias ¿son obligatorias para quienes no están afiliados a ningún partido político?
Si participé de la elección interna del partido político al que me encuentro afiliado, ¿debo votar también en las elecciones primarias?

Sí, las elecciones primarias son de carácter obligatorio para todos los ciudadanos que figuren en el padrón, se encuentren o no afiliados a algún partido político.

En las primarias, la selección de candidatos no queda reservada exclusivamente a las preferencias de quienes estén afiliados a un partido político en particular, sino que se amplía a las de todos los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral nacional.

La inasistencia al sufragio debe justificarse, en caso de enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica, dentro de los sesenta días de celebrarse la elección, presentando los correspondientes certificados ante la Justicia Electoral con competencia electoral de su distrito.


5. ¿Quiénes pueden presentar precandidaturas en las elecciones primarias?

Las agrupaciones políticas -esto es, partidos políticos, alianzas y confederaciones de partidos- son las únicas instituciones habilitadas para postular precandidaturas en las elecciones primarias.

Las precandidaturas deben contar con el aval de un número determinado de afilados a la agrupación política por la que pretendan presentarse. Este número varía de acuerdo a la categoría de cargo a la que se pretenda presentar precandidatura y se determina en función de un porcentaje del padrón de afiliados o del padrón del distrito, aplicándose el que sea menor.

Así, para postular precandidatos a senadores y diputados nacionales en elecciones primarias, cada precandidatura deberá estar avalada por un número de afiliados no menor al 2‰ del total del padrón del distrito o del 2% del número de afiliados de la agrupación política, el que sea menor.

En tanto, en el caso de las precandidaturas a presidente y vicepresidente de la Nación, el aval mínimo de afiliados requerido es igual al 1‰ de los inscritos en el padrón general, domiciliados en al menos 5 distritos, o al 1% del padrón de afiliados a la agrupación política de 5 distritos a su elección, en los que tenga reconocimiento vigente, el que sea menor.

Para más información, se recomienda: Infografía ¿Qué son las Primarias?